lunes, 6 de febrero de 2017

EVALUACION



CAPÍTULO DÉCIMO PRIMERO 
DE LA EVALUACIÓN Y LA CALIFICACIÓN

 Artículo 44. DE LA EVALUACIÓN: Es el proceso institucional, permanente, que contribuye al mejoramiento continuo y excelencia académica, mediante la medición del grado de logro de los objetivos previstos dentro de la formación del estudiante.
 PARÁGRAFO: El docente de la Corporación, debe informar oportunamente a sus estudiantes las calificaciones y en los tiempos definidos en el calendario académico.

Artículo 47. DE LA PRUEBA PARCIAL (MODIFICADO POR EL ACUERDO No 002 DE 2016 DEL CONSEJO DIRECTIVO):
 Es la que se realiza para evaluar los avances y logros del estudiante dentro del período académico o interperíodo.
 PARÁGRAFO 1 (MODIFICADO POR EL ACUERDO No 039 DE 2.015 DEL CONSEJO DIRECTIVO): En cada periodo académico o interperíodo, se efectuarán dos pruebas parciales cuyo valor individual será del treinta por ciento (30%) de la nota definitiva de la asignatura. Cada una de estas evaluaciones parciales será el resultado de, por lo menos, tres calificaciones previas en tratándose de período académico y de dos en materia de interperíodo.
Respecto del cuarenta por ciento (40%) restante de la nota definitiva, éste será producto de una tercera nota parcial que a su vez será el resultado de por lo menos una evaluación www.cun.edu.co equivalente al veinte por ciento (20%) de la nota definitiva, mientras que el veinte por ciento (20%) restante se distribuirá facultativamente por el docente; respecto de evaluaciones interperíodos esta calificación será el resultado de dos (2) evaluaciones, cada una equivalente al veinte por ciento (20%) de la nota definitiva.
 PARÁGRAFO 2: En los programas de postgrados, los tiempos de las pruebas parciales se establecerán de acuerdo con los períodos académicos definidos para el respectivo plan de estudios: trimestral, cuatrimestral, semestral o anual.
Los pesos porcentuales de cada prueba estarán definidos según las características particulares de modalidad, nivel o metodología, y empleo de cualquier mediación pedagógica

Artículo 48. DE LA PRUEBA FINAL (MODIFICADO POR EL ACUERDO No 02 DE 2016 DEL CONSEJO DIRECTIVO): 
Es la que realiza el estudiante al terminar cada período académico o interperíodo y tiene como propósito verificar cualitativa y cuantitativamente el desarrollo integral de las competencias propuestas en cada una de las actividades académicas de una asignatura. Esta prueba cuenta con un valor equivalente al cuarenta por ciento (40%) de la nota definitiva de la correspondiente asignatura. En la oferta de pregrados, esta evaluación será el resultado de, por lo menos, tres calificaciones previas en tratándose de período académico y de dos en materia de interperíodo.
 Respecto de la calificación final durante período académico la tercera calificación tendrá como valor el cincuenta por ciento (50%) de la nota final; el restante cincuenta por ciento (50%) se distribuirá facultativamente por el docente entre las evaluaciones restantes, mientras que para pruebas finales interperíodo la distribución de las calificaciones previas será del cincuenta por ciento (50%.)
 En la oferta de postgrados, esta evaluación será el resultado de al menos dos (2) calificaciones, teniendo en cuenta la duración del período académico que varía entre trimestre, cuatrimestre, semestre o anualidad.


Artículo 52. ESCALA CUANTITATIVA EVALUATIVA (MODIFICADO POR EL ACUERDO No 02 DE 2016 DEL CONSEJO DIRECTIVO):
 La cuantificación del rendimiento académico del estudiante de las competencias propuestas se expresa en la escala de cero punto uno (0.1) a cinco punto cero (5.0) en valores enteros y decimales. Los rangos evaluativos de la escala anteriormente prevista son los siguientes:

1. MÍNIMO VALOR: Corresponde a cero punto uno (0.1): Refiere a que el estudiante no respondió o no presentó las pruebas solicitadas. Esta nota generará cómputo para efectos académicos.
2. MUY BAJO VALOR: Entre cero punto dos (0.2) y cero punto nueve (0,9): Se refiere a la valoración del estudiante que presentó una prueba muy deficiente.
3. BAJO VALOR: Entre uno punto cero (1.0) y uno punto nueve (1,9): Refiere a que los resultados académicos son escasos en atención a la falta de participación y conceptualización del estudiante. www.cun.edu.co
4. DEFICIENTE: Entre dos punto cero (2.0) y dos punto nueve (2,9): Refiere a que no se evidenciaron las aptitudes ni estructuras suficientes para demostrar el soporte conceptual y/o teórico de la asignatura, y se presentaron situaciones que impidieron el logro de los objetivos de formación definidos para las actividades académicas evaluadas.
5. REGULAR: Entre tres punto cero (3.0) y tres punto cinco (3.5): Refiere a que el estudiante medianamente alcanzó a demostrar los conocimientos básicos de la asignatura y por ello requiere una profundización en la misma. El estudiante debe esforzarse más en su proceso académico, sin embargo, no deberá repetir la asignatura.
6. BUEN DESEMPEÑO: Entre tres punto seis (3.6) y cuatro punto cinco (4.5): Refiere a que el estudiante alcanzó los objetivos de la asignatura, y puede avanzar al siguiente nivel formativo.
 7. EXCELENTE: Entre cuatro punto seis (4.6) y cinco punto cero (5.0): Se lograron plenamente, y de manera relevante, los objetivos de formación definidos para el curso, y el estudiante tiene un comportamiento académico meritorio.

PARÁGRAFO 1: Los reportes de calificaciones en donde aparezca como nota cero punto cero (0.0), corresponden a:

1) Estudiantes matriculados en una asignatura o prueba, en las que el docente no registra evaluación. Esta nota (0,0) la registra el sistema cuando en el listado del profesor no se reporta nota para el alumno.
2) Quienes asistan a clases, pero no tienen registrada oficialmente la asignatura en el grupo al cual asiste.
PARÁGRAFO 2: En el caso de los estudiantes de metodología virtual, la nota definitiva estará dividida en 500 puntos posibles, asignados a las actividades de cada asignatura o crédito académico según el desarrollo de las actividades y evaluaciones que se encuentran en plataforma de aprendizaje, de acuerdo con la rúbrica propuesta en cada una de estas semanas.
La sumatoria de los puntos acumulados durante las 8 semanas, se divide en 100 para obtener la nota definitiva del estudiante en la asignatura o crédito académico, que será la única que se cargará en el Sistema de Información Académico.

Artículo 53. CRITERIOS APROBATORIOS: 
Una asignatura será aprobada si se obtiene la nota de tres punto cero (3.0) en adelante. www.cun.edu.co Para efectos de cálculo de la nota, se tienen en cuenta hasta dos números decimales. Cuando el segundo decimal termina en el rango que va entre cero y cuatro, siempre quedará cero, y si éste termina en el rango que va entre cinco y nueve, se aproximará al entero próximo superior. PARÁGRAFO: La nota mínima que un profesor puede asignar y reportar es cero punto uno (0.1)
Fuente Sandra Cardona

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